¿Unos yogures naturales, un bote de judías cocidas y un vino “sin gluten”? Pues sí, evidentemente. Son productos que, por su naturaleza, no lo contienen, y que por lo tanto no necesitan aclararlo con un sello en su etiquetado. Muchas marcas se empeñan en indicarlo, y pueden dar a entender que productos similares lo contienen, pero no es así.
Desde enero, los celiacos disponen de una mejor información sobre lo que están comprando:
- Siempre que un producto lleve el distintivo “Sin gluten” tiene la obligación de contener menos de 20 miligramos por kilo.
- Cuando indiquen que un alimento es “muy bajo en gluten”, su proporción debe ser de entre 20 y 100 miligramos.
- Y cualquier producto que lleve trigo u otros cereales con gluten debe especificarlo correctamente.
¡Bon appétit!
El etiquetado debe aclarar la información para los celíacos.